Ubicación y decreto fundacional de 1 de abril de 1940

El Decreto de 1 de abril de 1940, promulgado exactamente un año después de la victoria militar de las tropas sublevadas, cristaliza el proyecto de Francisco Franco de erigir un gran monumento “para perpetuar la memoria de los caídos en nuestra Gloriosa Cruzada” [sic]. Independientemente de su valor fundacional y jurídico, el Decreto contiene en su retórica la naturaleza y contenido ideológico del proyecto que el nuevo Jefe del Estado ponía en marcha en Cuelgamuros. Este Decreto es enormemente significativo, porque establece las bases político-religiosas del monumento.

Hay tres elementos de especial importancia que conviene resaltar. Por un lado, la noción de cruzada aludía a la presunta grandeza y naturaleza religiosa de la victoria militar, y se equiparaba a otros momentos estelares de la historia de la cristiandad. Expresiones como “epopeya” o “heroicos sacrificios” tratan de establecer la trascendencia de la victoria militar de Franco para la historia de España, dentro del nuevo marco ideológico que se denominaría nacionalcatolicismo.

Por otro, el monumento, calificado como “templo grandioso”, tenía que estar a la altura de esta concepción heroica de la historia con la “grandeza de los monumentos antiguos”, superando la escala y ambición de otros monumentos y memoriales que estaban construyéndose. Entre ellos, el monumento inaugurado en junio de 1939 en recuerdo al general Emilio Mola, uno de los líderes del golpe de Estado, fallecido en accidente de aviación en 1937. Así, el monumento de Cuelgamuros es concebido como un lugar de “meditación y de reposo” que ha de ser capaz de “desafiar al tiempo y al olvido”, e implica un sentido patrimonial y exclusivo de la nación.

Finalmente, el Decreto deja claro que el monumento se dedica a perpetuar la memoria de los caídos, a los “héroes y mártires de la cruzada”; es decir, a los muertos que lucharon en el bando vencedor de la guerra provocada por el golpe de Estado. No existe ningún atisbo de referencia a los derrotados, que son excluidos de esta gran celebración de la patria en el sentido franquista.

En resumen, a pesar de algunas modificaciones y ajustes que se produjeron más adelante, el proyecto originario que se plasma en el Decreto condiciona de manera decisiva el sentido inequívocamente franquista del monumento.